MODELO DE CONTRATO DE ALQUILER PARA EL BARCO COMPLETO

CONTRATO DE ALQUILER

 

 

El ARRENDADOR, Barcos, Alquileres, Turismo y Ocio, S.Lcon domicilio en San Mamés de Meruelo (Cantabria) en España, Bº el Mazo, 31F con CIF B-39.499.264 y nº de tel. (34) 615747789 alquila el velero matriculado en Pointe à Pitre el 24-2-2003 con el nº PPB84723R denominado “LUZULA” que dispone de 4 camarotes dobles y 2 WC, de la marca Dufour GibSea 43  al:

 

ARRENDATARIO:

Nombre y apellidos:. .. .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Domicilio:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DNI /PASAPORTE. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Teléfonos. . . . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

PATRON:

Nombre y apellidos:. . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Domicilio:. . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DNI/PASAPORTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Teléfonos. . . . . . . . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Edad . . . . . . . . . . .

Título de Navegación. .  . . . . . . . . . . .Expedido el. . .  . . . . . . . . . .Válido hasta el     . . . . . . . . . . .nº. . .  . . . . . . . . .

Experiencia de navegación:   .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .

OTROS DATOS:

Embarque en. . . .. . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . .. .  . . . . el día. .  . . . . . . . . . . . . . . . . . .   . . .a las. . . . . . . horas

Desembarque en. . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . el día. . .. . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . a las.  . . . . . .horas

Zona de Navegación prevista. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Número de personas a embarcar. .. . (máximo 8 personas)

 

PRECIOS Y SERVICIOS ACORDADOS (IVA INCLUIDO):

Precio del alquiler de la embarcación. .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .  . . euros

Oros servicios acordados:. . .. . . . . . . . . . . . . . .  . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . …. . . . . .  . euros

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .  euros

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . . . . . . .. . . . . . . . .euros

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . .euros

                                                                                                         

                                                                                                          IMPORTE TOTAL:               euros

 

El arrendatario deberá ingresar, en concepto de reserva y pago a cuenta,  . . . .  . .  . . .  € antes del día. .  . . . . . . .   .en la cuenta a nombre del arrendador en el banco.   . . . . . . cuenta nº. .... . . . . . . .. .y los . . . . . . euros restantes 30 días antes de la fecha de embarque acordada, en la misma cuenta o en metálico al embarcar.

 

FIANZA: 2.000  euros, a depositar en metálico  al embarcar.

La firma del arrendador y del arrendatario en el presente documento supone la aceptación por ambas partes de los precios y condiciones particulares y generales establecidos en el mismo y en especial, el arrendador se obliga a poner a disposición del arrendatario la embarcación objeto del alquiler en el lugar, fecha y hora especificados, en perfecto estado de funcionamiento y el arrendatario a embarcar en el mismo momento, a cuidarla durante el tiempo que dure el alquiler así como de poner especial cuidado en la seguridad de todas las personas embarcadas y a desembarcar en el lugar, fecha y hora acordados.

El arrendatario declara expresamente que ha leído, entendido y que acepta todas las condiciones generales del alquiler descritas al dorso.

Notas:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Firmado por duplicado en . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . . . . . . .. . el día.  . . . . de . . . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .de 201 5. . .

 

EL ARRENDADOR                                                                            EL ARRENDATARIO:

Barcos, Alquileres, Turismo y Ocio, S.L.                                      D./Dña. .. . . . . . . . . . . . .

p.p.

 

 

 

 

 

 

 

 

SE ADJUNTAN FOTOCOPIAS DEL DNI O PASAPORTE DEL ARRENDATARIO Y DEL PATRON Y TITULO DE NAVEGACIÓN DEL PATRON

 

CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER

1ª) Es deseo del arrendador entregar la embarcación objeto del alquiler y es deseo del arrendatario recibirla en alquiler, haciéndolo ambos de buena fe.

2ª) La falsedad o engaño por parte del arrendatario en cualquiera de las especificaciones particulares del presente contrato, dará lugar a la inmediata cancelación del mismo, perdiendo el arrendatario las cantidades entregadas.

3ª) El presente contrato no tendrá validez alguna, hasta que el arrendador haya recibido el pago en concepto de reserva pactado y siempre que dicho pago se haga antes de la fecha que se especifica en este documento.

4ª) Antes de la entrega de la embarcación, el arrendador debe haber recibido la totalidad del precio establecido, así como la fianza correspondiente.

5ª) En el caso de que el arrendatario, por cualquier circunstancia, cancele el presente contrato, deberá pagar al arrendador los siguientes porcentajes sobre el importe “Total del contrato” inicialmente pactado:

- Con más de tres meses de antelación a la fecha de inicio del arrendamiento: el 25%

- Con más de 1 mes y menos de tres  de antelación a la fecha de inicio: 50%

- Con más de 7 días y menos de 30 de antelación a la fecha de inicio: 75%

- Con menos de 7 días de antelación a la fecha del inicio: 100%

El arrendador procedería de inmediato a devolver las cantidades recibidas que excedan de los porcentajes citados.

6ª) El arrendador se compromete a poner a disposición del arrendatario la embarcación en perfecto estado de funcionamiento y limpieza, en el lugar, fecha y hora acordados. En el caso de que, por fuerza mayor, entre las que puede estar la avería de la embarcación, ésta no esté disponible, el arrendador se compromete a ponerlo en conocimiento del arrendatario con la mayor antelación posible, así como de poner todos los medios humanamente posibles para solucionar el problema y/o tratar de buscar otra embarcación de alquiler de igual o superior categoría. En el caso de que definitivamente no se pueda cumplir con las condiciones pactadas, el arrendador devolverá al arrendatario las cantidades recibidas mas un 10 % sobre las mismas en concepto de indemnización por daños y perjuicios. La aceptación por parte del arrendatario de esta indemnización, supone su compromiso de no realizar ninguna reclamación adicional.

7ª) En el momento de la entrega de la embarcación, el arrendatario recibirá del arrendador el inventario con el detalle del material que se le entrega, para que preste su conformidad o reparos al mismo. De igual forma se le hará entrega de las condiciones generales y particulares de la póliza del seguro de que dispone la embarcación.

8ª) El arrendatario utilizará y cuidará de la embarcación recibida y de todos sus accesorios siguiendo las buenas prácticas marineras y pondrá todos los medios para que no se produzcan pérdidas, accidentes o averías, tanto en la embarcación como en las personas que la ocupan o en las embarcaciones próximas.

En especial, el arrendador hace mención de la importancia de la los accidentes por trasluchadas violentas, por  los bajos de coral y de la correcta utilización de los WC..

9ª) Si el arrendador observase durante el periodo del alquiler que el patrón de la embarcación realiza maniobras peligrosas y/o que evidencien su inexperiencia, el arrendador podrá cancelar anticipadamente el contrato de alquiler, devolviendo al arrendatario el 50% de la tarifa por los días no utilizados, o bien el arrendatario podría cambiar de patrón que podría ser facilitado por el arrendador.

10ª) En caso de accidente o avería, el arrendatario deberá ponerse en contacto telefónico con el arrendador en el plazo más breve posible, y en el caso de no poder hacerlo y requerirse una acción inmediata, hará lo que recomienden en ese momento las buenas prácticas marineras, pensando en la seguridad de las personas a su cargo y de la embarcación.

En el caso de que proceda a contratar la reparación, deberá solicitar una factura a nombre del arrendador, para que éste proceda a reembolsarla al desembarcar.

Si la avería no es debida al mal uso de la embarcación realizado por el arrendatario y no puede ser solucionada en breve plazo, el arrendador devolverá al arrendatario la parte proporcional del alquiler no disfrutado, sin que el arrendatario pueda realizar ninguna reclamación por daños y perjuicios. No obstante el arrendador realizará todas las gestiones posibles, encaminadas a buscar otro barco para que el arrendatario pueda continuar sus vacaciones navegando.

11ª) La embarcación dispone de una póliza de seguros contratada con la compañía GENERALI ESPAÑA S.A. de las llamadas a todo riesgo con una franquicia de 2.000 euros. Una copia del último recibo pagado estará en el barco..

12ª) En el caso de que se produzca un siniestro y de que por cualquier circunstancia la compañía aseguradora no se haga cargo de todos o parte de los daños, gastos o responsabilidad civil producidos, el arrendatario deberá hacer frente a todos ellos a su cargo, liberando expresamente al arrendador de cualquier responsabilidad.

13ª) En el caso de que el arrendatario desee prorrogar el periodo de alquiler, podrá hacerlo con el consentimiento previo del arrendador y pactando nuevas condiciones para el periodo de la prórroga. El retraso en la entrega de la embarcación en el día y hora señalados tendrá una penalización, que el arrendatario pagará al arrendador, de 50 euros  por cada hora de retraso. En el caso de que se deje la embarcación en un lugar diferente al pactado, el arrendatario deberá pagar al arrendador todos los gastos, daños y perjuicios que ésto le ocasione.

14ª) En el caso de que vayan a embarcar niños, deberán avisar con tiempo al arrendador para que sustituya los chalecos salvavidas de adultos, por los adecuados para su tamaño.

15ª) La fianza recibida por el arrendador antes de realizarse el embarque, sirve para responder de cualquier desperfecto, pérdida, robo o hurto de cualquier objeto no cubierto por la compañía aseguradora, o el retraso en la devolución de la embarcación. No obstante, si la cantidad resultante de cualquiera de los casos indicados fuera superior al importe de la fianza, el arrendatario estará obligado a pagar la diferencia. La fianza será devuelta al arrendatario, una vez comprobado el estado de la embarcación y que se haya hecho el inventario y la reparación en su caso. A estos efectos destacamos la obstrucción de desagües, el cierre de portillos de forma indebida, rayar la mesa o mobiliario de madera, manchas en la tapicería, caída de material al mar, golpes en el gelcoat, perdida de defensas, roturas, desperfectos o robo en la embarcación auxiliar y hélice del motor fuera-borda

16ª) A la hora que se fija en este contrato para la devolución de la embarcación, el personal y su equipaje, deberán estar desembarcados, dejando la embarcación lista para su revisión por parte del arrendador. Ambas partes procederán a la firma del documento de revisión con la conformidad o reparos que puedan existir. En el caso de que existan discrepancias, el arrendador retendrá el importe de la fianza, hasta que el asunto se resuelva .

17ª) El arrendador entregará la embarcación en perfecto estado de limpieza. El arrendatario deberá devolver la embarcación en el mismo estado o bien pagar 100 euros por su limpieza.

18ª) Los gastos de aprovisionamiento, carburante, amarres, agua, gas  y tripulación, en su caso, son a cargo del arrendatario.

19ª) Está totalmente prohibido embarcar armas, estupefacientes, contrabando en general, mercancías, pasajeros de pago y animales, así como participar en regatas,  la pesca comercial y cualquier actividad sancionada por la legislación en vigor.

20ª) La subcontratación o subalquiler, tampoco están permitidos, comprometiéndose el arrendatario a usar el yate solo para si mismo, familiares, amigos o personal propio, que en total no podrán exceder del número de personas para las que esté despachada la embarcación.

21ª) En el caso de incumplimiento de las normas establecidas por las autoridades marítimas y/o de aduanas, el responsable será el patrón de la embarcación y subsidiariamente el arrendatario, liberando expresamente al arrendador de cualquier responsabilidad.

En el caso de que por causas imputables al arrendatario, al patrón o a la tripulación, el barco sea retenido o precintado por cualquier tipo de Autoridad y que en consecuencia el arrendatario no devuelva al arrendador el barco en la fecha prevista en el contrato, serán de aplicación las cantidades que el arrendatario debe pagar al arrendador por demora que se especifican en la cláusula 13ª.

 Serán por cuenta del arrendatario cualquier multa o sanción recibida por el arrendador y referida a la utilización de la embarcación alquilada para el periodo que dure el arrendamiento.

22ª) El arrendatario, declara que es perfectamente consciente de que el hecho de embarcar en una embarcación y navegar en ella supone un riesgo para la integridad física de las  personas, ya que la embarcación está o puede estar en constante movimiento y que dispone de partes móviles que podrían golpearle en algún momento. También sabe que las partes húmedas del barco son muy resbaladizas y que hay en la cubierta numerosos artilugios, con los que puede tropezarse, por lo que pondrá especial cuidado en que ni él ni ninguno de sus invitados tengan accidentes.

23ª) Los datos personales que figuran en el presente contrato están protegidos conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. Estos datos solo podrán ser tratados y cedidos a efectos de que el arrendador pueda cobrar las cantidades que pueda adeudarle el arrendatario.

24ª) Cualquier reclamación que desee formular el arrendatario, deberá de hacerse por escrito antes de desembarcar y en el caso de no poder hacerse, deberá manifestarse verbalmente  y remitir el escrito al arrendador en el plazo máximo de 15 días.

25ª) Las partes intervinientes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente contrato o relacionado con el alquiler que en él se especifica, se resolverán definitivamente mediante arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de Santander de la Cámara Oficial de Comercio a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de árbitros, de acuerdo con su reglamento y estatutos. Igualmente las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte.

 

MODELO DE CONTRATO DE ALQUILER POR CAMAROTES

 

 

                                                          

                                                           CONTRATO DE ALQUILER

 

El ARRENDADOR, Barcos, Alquileres, Turismo y Ocio, S.Lcon domicilio en San Mamés de Meruelo (Cantabria)-España, Bº el Mazo, 31F, tel. (34) 615747789 y con CIF B-39.499.264, ha alquilado a varios arrendatarios el velero, matriculado en Pointe à Pitre el 24-2-2003 con el nº PPB84723R denominado “LUZULA”, que dispone de 4 camarotes dobles y 2 WC, de la marca Dufour GibSea 43 y en prueba de conformidad firma con cada uno de ellos un contrato como éste, por el que se regirán sus relaciones:

 

ARRENDATARIO:

Nombre y apellidos:. . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  Domicilio:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DNI o Pasaporte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Teléfonos. . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

PATRÓN:

Nombre y apellidos:.  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Domicilio:. . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . . . . . . . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . DNI o Pasaporte. . . .. . . . . . . . . .  . . . . . Teléfonos:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . . . .  Edad .. . . años.

Título de Navegación. .. . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . . . .  . .   Expedido el. .  . . . . . . . . . . . . .  . . . . .con el nº. . . .

 

OTROS DATOS:

Embarque en. . .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  . el día. . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . a las . . (hora local)

Desembarque en. .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .   . .el día   . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..a las . . (hora local)

 

PRECIOS Y SERVICIOS ACORDADOS:

El arrendatario, que embarca como tripulante (o como patrón en su caso), podrá estar acompañado por un invitado y tendrán derecho al uso de las zonas comunes del barco al igual que los demás tripulantes y  tendrán derecho de uso privativo del camarote que le sea asignado.

El precio de la parte del alquiler del barco a pagar por el arrendatario firmante de este contrato es de: . . . . . . EUROS

 

Oros servicios acordados:. . .

                                                                                                         

                                                                                  IMPORTE TOTAL:          euros

 

El arrendatario ha ingresado, en concepto de reserva y pago a cuenta, el 50% del importe total, que asciende a          €, el día. .  . . . . . . . .  . en la cuenta a nombre del arrendador en el banco. .. . .  cuenta nº. . . . . . . . . . . . . . . .  . y el 50% restante, deberá abonarlo en la misma cuenta 30 días antes del embarque, o en metálico al embarcar.

 

FIANZA:. . . 300. . . . . .  euros, a depositar en metálico al embarcar.

La firma del arrendador y del arrendatario en el presente documento supone la aceptación por ambas partes de los precios y condiciones particulares y generales establecidos en el mismo y en especial, el arrendador se obliga a poner a disposición del arrendatario la embarcación objeto del alquiler en el lugar, fecha y hora especificados, en perfecto estado de funcionamiento y el arrendatario a embarcar en el mismo momento, a cuidar tanto de su propia integridad física y la de su invitado como de la embarcación  y su equipamiento, durante el tiempo que dure el alquiler, a respetar los derechos de los demás arrendatarios y a desembarcar en el lugar, fecha y hora acordados.

El arrendatario declara expresamente que ha leído, entendido y que acepta todas las condiciones generales del alquiler descritas al dorso.

Notas:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Firmado por duplicado en .  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . el día. .. . . de . .  . . . . . . . . . . . . . .de 20 . .

 

EL ARRENDADOR                                                                            EL ARRENDATARIO:

Barcos, Alquileres, Turismo y Ocio, S.L.                                      D./Dña. . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

 

 

 

 

 

 

 

ACONSEJAMOS VIAJAR CON EL PASAPORTE ELECTRÓNICO PARA AGILIZAR LOS TRÁMITES BUROCRATICOS

 

 

 

 

CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER

 

1ª) Es deseo del arrendador entregar la embarcación objeto del alquiler, y es deseo de los arrendatarios recibirla en alquiler de forma mancomunada, haciéndolo todos de buena fe. El arrendador se compromete a que el número máximo de personas abordo sea de 8, todos mayores de edad

2ª) La falsedad o engaño por parte del arrendatario en cualquiera de las especificaciones particulares del presente contrato, dará lugar a la inmediata cancelación del mismo, perdiendo el arrendatario las cantidades entregadas.

3ª) El presente contrato no tendrá validez alguna, hasta que el arrendador haya recibido el pago pactado en concepto de reserva y siempre que dicho pago se haga antes de la fecha que se especifica en este documento.

4ª) Para que el arrendatario pueda embarcar, el arrendador tiene que haber recibido el importe completo del alquiler, del resto de posibles servicios pactados y la fianza .

5ª) En el caso de que el arrendatario, por cualquier circunstancia, cancele el presente contrato, deberá pagar al arrendador los siguientes porcentajes sobre el Importe Total inicialmente pactado:

- Con mas de tres meses de antelación a la fecha de inicio del arrendamiento: 25 %

- Con más de un mes de antelación a la fecha de inicio del arrendamiento y menos de tres: el 50%

- Con más de 7 días y menos de 30 de antelación a la fecha de inicio: 75%

- Con menos de 7 días de antelación a la fecha del inicio: 100%

El arrendador procedería de inmediato a devolver las cantidades recibidas que excedan de los porcentajes citados.

6ª) El arrendador se compromete a poner a disposición del arrendatario la embarcación en perfecto estado de funcionamiento y limpieza, en el lugar, fecha y hora acordados. En el caso de que, por fuerza mayor, entre las que puede estar la avería de la embarcación, ésta no esté disponible, el arrendador se compromete a ponerlo en conocimiento del arrendatario con la mayor antelación posible, así como de poner todos los medios humanamente posibles para solucionar el problema y/o tratar de buscar otra embarcación de alquiler de igual o superior categoría. En el caso de que definitivamente no se pueda cumplir con las condiciones pactadas, el arrendador devolverá al arrendatario las cantidades recibidas mas un 10 % sobre las mismas en concepto de indemnización por daños y perjuicios. La aceptación por parte del arrendatario de esta indemnización, supone su compromiso de no realizar ninguna reclamación adicional.

7ª) El arrendatario, declara que es perfectamente consciente de que el hecho de embarcar en una embarcación y navegar en ella supone un riesgo para la integridad física de las  personas, ya que la embarcación está o puede estar en constante movimiento y que dispone de partes móviles que podrían golpearle en algún momento. También sabe que las partes húmedas del barco son muy resbaladizas y que hay en la cubierta numerosos artilugios, con los que puede tropezarse.

8ª) En consecuencia, el arrendatario, asume todos los daños que en su persona o en la de su invitado y efectos personales puedan producirse fortuitamente y se compromete a no realizar reclamación alguna contra el arrendador o contra el patrón, a no ser que el daño provenga de una actuación indebida de este último. No obstante, la embarcación dispone de un seguro de los llamados a todo riesgo, con una franquicia de 2.000 euros contratada con GENERALI ESPAÑA, S.A., cuya póliza y último recibo  está a disposición del arrendatario. En caso de accidentes personales, el arrendador hará las gestiones oportunas para cobrar de la compañía de seguros lo que proceda por cuenta del arrendatario.

9ª) El importe total pagado por el arrendatario, corresponde exclusivamente a la parte que por él y por su invitado le corresponde pagar por la utilización del barco y  su equipamiento, en todas las zonas comunes y en su camarote que será la única parte del barco para su uso exclusivo. El resto de los pagos que tengan que realizarse a terceros por navegar o permanecer en algún lugar, así como la comida, bebida, agua, combustible, impuestos o tasas locales, entrada a parques naturales y cualquier otro concepto no especificado, se pagarán por partes iguales entre todos los ocupantes del barco con excepción del patrón.  Si cualquiera de los ocupantes del barco lo solicita, las bebidas podrán excluirse de los gastos comunes y pagar cada uno lo que consuma.

10ª) El arrendatario, podrá traer un invitado con el que compartirá el camarote y será responsable de cualquier actuación indebida del mismo. Deberá informar al arrendador del nombre, domicilio, nº de DNI y teléfono del invitado antes de la fecha de comienzo del alquiler.

11ª) Todos las labores a realizar en el barco como son las compras, la estiba, la cocina, la limpieza y las ayudas a la navegación que pueda necesitar el patrón, deberán ser realizados entre todos los ocupantes del barco, salvo que hayan contratado expresamente la no realización de dichas labores.

12ª) Todos los ocupantes del barco se comprometen expresamente a hacer un uso razonable de su libertad a bordo y a respetar a sus compañeros. En el caso de que alguna de las personas no se comporte “como es debido” a criterio de sus compañeros de travesía, el patrón procederá a advertirle de la situación. Si el patrón está de acuerdo con el resto de los arrendatarios y esta persona no modifica su actitud, podrá desembarcarla en cualquier isla que disponga de aeropuerto, devolviéndole la parte proporcional del arrendamiento correspondiente a los días perdidos, así como la fianza si corresponde.

A los efectos de la convivencia se cita expresamente, limpieza de los baños, limpieza de zonas comunes, ruidos voluntarios en horas de descanso, esta prohibido fumar dentro del barco, se podrá fumar en el exterior y siempre a sotavento, consumo moderado de bebidas alcohólicas, consumo moderado de agua de los depósitos, higiene personal adecuada.

13ª) En el caso de que se produzca una avería y que el barco deba estar detenido por mas de 24 horas, el patrón llegará a un acuerdo con los arrendatarios para compensarles económicamente o podrá buscar un barco o actividades de sustitución. Si alguno de los arrendatarios tiene que incurrir en gastos adicionales, por no poder cumplirse con la fecha o lugar de desembarque, serán sufragados por el arrendador, con el límite máximo de la cantidad pagada por el arrendatario en concepto de alquiler al arrendador.

14ª) El importe de la fianza depositada por el arrendatario será utilizada para el pago de los gastos de reparación o sustitución del material del barco alquilado, averiado o perdido por el arrendatario o su invitado. A estos efectos destacamos la obstrucción de desagües, el cierre de portillos de forma indebida, rayar la mesa o mobiliario de madera, manchas en la tapicería, caída de material al mar, golpes en el gelcoat, roturas, desperfectos o robo en la embarcación auxiliar y hélice del motor fuera-borda. Si no se producen desperfectos que es lo habitual, se devolverá el importe de la fianza al desembarcar. Si el daño producido ha sido realizado por negligencia o mala fe del arrendatario o su acompañante  y el importe de la fianza no alcanza para la reparación o reposición, el arrendatario deberá aportar el importe que falte para el pago de la misma.

15ª) Está totalmente prohibido embarcar armas, estupefacientes, sustancias toxicas o peligrosas, contrabando en general, mercancías y animales, así como la pesca comercial y cualquier actividad sancionada por la legislación en vigor.

16ª) El arrendatario se compromete a acatar las normas de cualquier autoridad civil, militar o marítima que le puedan afectar y en especial las dictadas por el patrón de la embarcación.

17ª) En el caso de que el arrendatario o su invitado sean retenidos por cualquier autoridad, o no dispongan de documentación adecuada para navegar por las zonas previstas, el patrón tomará unilateralmente una decisión en función de las circunstancias El arrendatario se hará cargo de todos los gastos y/o indemnizaciones que procedan por estar el barco detenido y perdiendo el arrendatario las cantidades pagadas por el alquiler en el caso de que tenga que quedarse en tierra. El resto de los arrendatarios e invitados acatarán la decisión del patrón, sin que puedan hacerle reclamación alguna.

18ª) Los datos personales que figuran en el presente contrato están protegidos conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. Estos datos solo podrán ser tratados y cedidos a efectos de que el arrendador pueda cobrar las cantidades que pueda adeudarle el arrendatario.

19ª) Cualquier reclamación que desee formular el arrendatario, deberá realizarse por escrito antes de desembarcar y en el caso de no poder, deberá manifestarse verbalmente ante el patrón y remitir el escrito al arrendador en el plazo máximo de 15 días.

20ª) Las partes intervinientes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente contrato o relacionado con el alquiler que en él se especifica, se resolverán definitivamente mediante arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de Santander de la Cámara Oficial de Comercio a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de árbitros, de acuerdo con su reglamento y estatutos. Igualmente las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte.